DIA DEL NIÑO

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El reconocimiento de los derechos de las niñas y los niños -los cuales se han ido alcanzado paulatinamente- se conmemora en México el 30 de abril desde 1942 cuando el presidente Álvaro Obregón lo estableció después de la firma de la Declaración de Ginebra. Sin embargo, este evento de manera internacional es promovido desde la Organización de las Naciones Unidas (ONU) el 20 de noviembre en los aniversarios de la adopción de la Declaración Universal de los Derechos del Niño en 1959 y de la aprobación de la Convención de los Derechos del Niño en 1989.

 

PANORAMA NACIONAL

l  La población de niñas, niños y adolescentes (de cero a 17 años) en México siempre ha tenido un peso importante en términos demográficos. En 2020 este grupo representó el 30.3% (igual a 38.2 millones) de la población y se espera una paulatina disminución en cuanto se incremente la población de 60 años con el avance de la transición demográfica (INEGI, 2021).

l  La primera infancia, compuesta de niñas y niños entre cero y cinco años en 2020 era igual a 12.2 millones, ya en edades escolares entre 6 y 11 años se contabilizaron 12.9 millones; y habían 13.0 millones de 12 a 17 años, En todos los grupos de edad las niñas representan el 49 por ciento.  (INEGI, 2021).

l  Dado que los primeros años son de vital importancia para los seres humanos, un indicador sobre la atención hacia la infancia es la tasa de mortalidad infantil, la cual se estima para 2021 12.5 muertes por cada mil infantes en el primer año de vida. Siendo más alto para los niños 13.7 muertes que las niñas en 11.2 muertes por cada mil (CONAPO, 2021).

l   En México, la educación básica y media superior es obligatoria, de cada 100 menores de 18 años, 83 asisten a la escuela. A los seis años la asistencia es de 95%, tanto para niños y niñas, la asistencia empieza a descender al ingresar a la secundaria, a los 12 años a 92.9% de niños y 93.5% de niñas; a los 15 años (ingreso a media superior) cae a 77.4% los hombres y 80.4% las mujeres (INEGI, 2021).

l  Es importante considerar la necesidad de cuidados y servicios de salud que requiere el 7.2% de la población de 3 a 17 años tiene alguna limitación, discapacidad o algún problema o condición mental, siendo mayor el porcentaje para los niños que para las niñas, 7.5 y 6.9 respectivamente (INEGI, 2021).

l  Sobre los servicios de salud, 75 de cada 100 menores entre los 3 y 17 años están afiliados a alguna institución de servicios de salud, siendo el Seguro Popular o para una Nueva Generación (Siglo XXI) o Instituto de Salud para el Bienestar el de mayor afiliación; sin mayores diferencias entre niños y niñas (INEGI, 2021).

l  Para la atención de la niñez existen en el país instrumentos como la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes publicada en 2014 e instituciones como el Sistema Nacional de Protección Integral de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA) creado en 2015.

PANORAMA INTERNACIONAL

En 2015 las y los niños entre cero y 14 años en todo el mundo se calculó en 1.9 mil millones, lo que significa que son el 26.2% de la población mundial. La mortalidad infantil de menores de un año ha disminuido en todo el mundo gracias a acciones en términos de salud y campañas de protección a la niñez. En 1970 era de 94 y para 2015 tiene un valor de 29 por cada mil nacimientos vivos (ONU, 2019).

Los principios de la Declaración de los Derechos de la Niñez que estableció la ONU van enfocados a niñas y niños de todas las nacionalidades y tiene un espíritu de no discriminación. Estos principios son diez (ONU, 2020a):

l  PRINCIPIO 1: Niñas y niños disfrutarán de todos los derechos enunciados en esta Declaración.

l  PRINCIPIO 2: Niñas y niños gozarán de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a que se atenderá será el interés superior de la niñez.

l  PRINCIPIO 3: Niñas y niños tienen derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.

l  PRINCIPIO 4: Niñas y niños deben gozar de los beneficios de la seguridad social.

l  PRINCIPIO 5: Niñas y niños que sufran algún impedimento físico, mental o social deben recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especiales que requiere su caso particular.

l  PRINCIPIO 6: Niñas y niños, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesitan amor y comprensión. Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse a niñas y niños de corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a niñas y niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia. Para el mantenimiento de hijas e hijos de familias numerosas conviene conceder subsidios estatales o de otra índole.

l  PRINCIPIO 7: Niñas y niños tienen derecho a recibir educación, que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales.

l  PRINCIPIO 8: Niñas y niños deben, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.

l  PRINCIPIO 9: Niñas y niños deben ser protegidos contra toda forma de abandono, crueldad y explotación. No será objeto de ningún tipo de trata.

l  PRINCIPIO 10: Niñas y niños deben ser protegidos contra las prácticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa o de cualquier otra índole. Debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes.

Para la consecución de estos principios existen diversas organizaciones y comisiones especiales en el mundo que trabajan atendiendo diversos problemas que aquejan a la niñez.

l  Algunos de estos son: El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef); Comité de los Derechos del Niño de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos; la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO); la atención al trabajo y salud infantil desde el Banco Mundial, etc. (ONU, 2020b)