El Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas en el contexto del COVID-19
La pandemia por la COVID-19 ha generado diversas transformaciones en la forma de relacionarnos, si omitir que algunos de estos cambios lamentablemente han devenido en situaciones difíciles por la pérdida de seres queridos y repercusiones económicas graves; en esta ocasión abordaré el tema de los niños con respecto a cómo ellos viven la pandemia, especialmente con respecto al grave impacto físico, emocional y psicológico del COVID en los niños, tema que ya ha sido abordado por las Naciones Unidas (NN. UU.) y por lo que pide a los Estados que se tomen medidas al respecto de varios puntos que plasma en la declaración generada por el Comité de los Derechos del Niño.
Dicha declaración tiene como finalidad concienciar a los Estados del profundo impacto que la pandemia tiene en la infancia, y la necesidad de tomar medidas para garantizar los derechos de los niños. A tenor de la declaración presentada por 10 órganos de Derechos Humanos de las NN. UU., este Comité encargado de velar por la implantación de la Convención sobre los Derechos del Niño realizó algunas recomendaciones, entre ellas.
Las Naciones Unidas conscientes de que la pandemia tiene impactos en la salud, la educación, económicos, sociales y en el ocio de los niños y niñas, los Estados deben velar por que las medidas que se tomen tienen que tener en cuenta el interés superior del menor. Refiere que entre estas soluciones se debería contemplar al menos una salida al día al exterior, respetando las medidas de distancia social y supervisadas. Así como una oferta artística y cultural para los niños en tv, radio y en línea, es decir, el Comité reconoce que en situaciones de estado de emergencia pueden restringirse algunos derechos para proteger la salud pública. Pero recuerda que esas restricciones deben ser proporcionales, mínimas y limitadas en el tiempo.
Dicha declaración exhorta a los países a que la educación en línea no aumente las desigualdades existentes o reemplace la interacción alumno-maestro. Deben estar disponibles soluciones alternativas para que esos niños se beneficien de la orientación y apoyo brindado por los docentes.
Establecer medidas inmediatas para asegurar que los niños sean alimentados con alimentos nutritivos durante el período de emergencia, desastre o encierro, ya que muchos niños reciben su única comida nutritiva a través del apoyo en la escuela.
Asimismo, esta declaración solicita proteger a los niños cuya vulnerabilidad se incrementa aún más por la excepcional circunstancia causada por la pandemia. Estos incluyen niños con discapacidades, niños que viven en la pobreza, niños en situación de calle, niños migrantes, solicitantes de asilo, refugiados y desplazados internos, niños con afecciones de salud, niños privados de libertad o confinados en instalaciones de detención policial, cárceles, centros de detención de migrantes o campamentos y niños que viven en instituciones. Los Estados deben respetar el derecho de todos los niños a la no discriminación en sus medidas para abordar la pandemia y tomar medidas específicas para proteger niños en situaciones vulnerables.
Un punto de suma importancia sin duda, y que en este contexto del confinamiento tiene que ver con la violencia; el Comité refiere que el confinamiento puede exponer a los niños a un aumento físico y violencia psicológica en el hogar u obligar a los niños a quedarse en hogares que son hacinados y precarios. Niños con discapacidades y problemas de comportamiento, así como sus familias, pueden enfrentar a más dificultades al estar encerrado, por ello, advierte el Comité que los Estados deberían procurar difundir información al respecto a los padres, así como a los niños para que puedan conocer sus derechos y a donde acudir en casos urgentes.
Incluso, al respecto de este tema, circuló una noticia el año pasado con respecto a la violencia infantil en el Estado de México, la cual advierte que el grupo parlamentario de Morena promoverá una reforma al Código Penal estatal para que quienes apliquen castigos infantiles violentos sean sancionados con entre seis meses y cuatro años de prisión y de quinientos a mil días de multa, esto porque hasta entonces, julio de 2020, se habían registrado al menos 2947 casos de violencia infantil en el Estado de México. Su objetivo será prohibir el uso del castigo corporal como método correctivo o disciplinario a niñas, niños y adolescentes.
Finalmente, quiero finalizar exponiendo algunas de las cifras oficiales con respecto al tema del maltrato infantil al interior de los hogares, problemática que ha aumentado en el contexto de la pandemia, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) registró, entre 2012 y 2017, el asesinato de casi 2600 menores de 15 años, 42% de ellos a manos de algún familiar en sus hogares o por maltrato. Del mismo modo, seis de cada diez niñas, niños y adolescentes de entre 1 y 14 años en México han sido víctimas de algún método violento de disciplina en sus hogares, y 63% recibe disciplina violenta en sus hogares, según la Encuesta Nacional de Niños, Niñas y Mujeres (ENIM) de México.