Explican los beneficios de La Ley Mariana en Edoméx

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Por Fátima Chávez

El Estado de México cuenta ya con la Ley Mariana Lima Buendía, una reforma que busca fortalecer la investigación de las muertes violentas de mujeres y niñas con perspectiva de género y establecer sanciones para las personas servidoras públicas que, por razones de género, incurran en omisiones, negligencia, corrupción u obstaculicen el acceso a la justicia.

La aprobación de esta legislación representa el resultado de una lucha iniciada tras el asesinato de Mariana Lima Buendía, ocurrido el 28 de junio de 2010.

En un primer momento, su muerte fue presentada como un suicidio; sin embargo, su madre, Irinea Buendía Cortés, cuestionó esta versión y emprendió una batalla legal que llevó el caso hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

El 25 de marzo de 2015, la Primera Sala de la SCJN emitió una sentencia histórica en la que estableció estándares fundamentales para la investigación de muertes violentas de mujeres con perspectiva de género, marcando un precedente para la actuación de las autoridades encargadas de procurar justicia.

Después de 13 años de exigencia de justicia, en marzo de 2023 se obtuvo una sentencia condenatoria de 70 años de prisión contra el responsable del feminicidio de Mariana Lima.

La propuesta para convertir estos criterios en disposiciones legales dentro del Estado de México fue presentada inicialmente el 8 de agosto de 2023 y, posteriormente, el 1 de octubre de 2025 fue presentada formalmente ante la LXII Legislatura mexiquense.

El 10 de septiembre de 2026, el Congreso del Estado de México aprobó por unanimidad la iniciativa de la Ley Mariana Lima Buendía, impulsada con el acompañamiento de la diputada Jennifer Nathalie González López, de Morena, y del abogado defensor de derechos humanos Pablo Navarrete Gutiérrez.

Entre las modificaciones contempladas se encuentra la reforma a la fracción II del artículo 50 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México, con la que se refuerza la obligación de la Fiscalía de investigar las muertes violentas de mujeres y niñas bajo una perspectiva de género, con debida diligencia y conforme al protocolo de feminicidio.

Asimismo, se adiciona la fracción XXXIV al artículo 353 del Código Penal del Estado de México, con el propósito de sancionar la negación de justicia por razones de género y establecer responsabilidades para las personas servidoras públicas que incurran en corrupción, omisiones, negligencia u obstaculización de las investigaciones o de la administración de justicia.

Las sanciones previstas contemplan de cuatro a 10 años de prisión, de 100 a 150 días de multa, además de la destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo.

La Ley Mariana Lima Buendía busca así convertir en obligaciones jurídicas los estándares derivados de un caso que se convirtió en referente nacional en materia de investigación de muertes violentas de mujeres y acceso a la justicia, con el objetivo de evitar que casos similares sean investigados inicialmente bajo criterios que omitan la perspectiva de género.