¿MALAS DESICIONES?
El tema de hoy es el relativo a la toma de decisiones. Nos basamos en un caso real como muchos que acontecen en la vida cotidiana. En esta ocasión me refiero a una familia cuya mamá se encuentra enferma; ha ido a un servicio de salud pública y no han fijado fecha para una intervención quirúrgica, ante esta situación y por el consejo de un médico particular, la llevan a una clínica particular en donde es atendida, se realiza la intervención quirúrgica y permanece algunos días en dicha clínica. Después de la operación, resulta que según los médicos, se presentó una complicación y es necesaria otra operación. Finalmente la señora fallece. Cuando los familiares van a dicha clínica para poder sacar el cadáver y hacer el pago de las operaciones quirúrgicas y de la estancia, sucede que les dan una cuenta de cerca de medio millón de pesos. La familia de escasos recursos no tiene la cantidad que le cobra el hospital y les dicen que si no cubren la cantidad generada, no pueden llevarse el cadáver. Esta situación causa mayor angustia a la familia y comienzan a solicitar aquí y allá préstamos, a vender lo poco que tienen, pero no logran juntar esa cuantiosa cantidad, curiosamente acuden a mi despacho para poder resolver de alguna manera esto y encontramos una salida y es la contenida en la proposición prescriptiva contenida en el artículo 226 de nuestro Código Penal Estatal el cual establece lo siguiente:
“A los que retengan cadáveres, partes o restos humanos en una clínica, sanatorio, hospital o en otro lugar similar por mayor tiempo del aconsejado por las normas de salud con el objeto de que los familiares o deudos paguen gastos de hospitalización, atención, tratamiento u operaciones, salvo que sea por instrucciones del Ministerio Público o autoridad judicial que requieran la retención del cadáver para el cumplimiento de sus funciones, se les impondrán de tres meses a dos años de prisión y de treinta a sesenta días multa”.
De la lectura de la proposición prescriptiva que antecede, se infiere que la conducta del administrador o dueño de la clínica es ilegal, por tanto se inició una carpeta de investigación y se solicitó al Ministerio Público que girará instrucciones al director de la clínica en donde intervinieron a la persona mencionada, para que de inmediato se diera o se hiciera entrega del cadáver a los familiares y desde luego por lo que corresponde a honorarios o gastos médicos podrían firmar algún documento o documentos para cubrir dicho adeudo, pero de ninguna manera tenían el poder legal para retener el cadáver, de esta manera se resolvió el problema. Aquí la cuestión es la siguiente:
Cómo iniciamos este artículo, la toma de decisión ¿fue incorrecta? la toma de decisión de llevar a la señora a un sanatorio particular si tenían estas personas un servicio médico público.
Cualquiera diría por qué no esperan a que lo atiendan o la atiendan en este centro hospitalario. Pero como se advirtió inicialmente, en la clínica no habían autorizado la operación
quirúrgica, sino que habían dicho que tal vez fuera en uno o dos meses y según el consejo del médico era indispensable que fuera ya la intervención quirúrgica. Sin embargo, a pesar de haber llevado a la señora a un hospital privado ésta ya no resistió y falleció, repito ¿la decisión que se tomó fue equivocada? Esto lo dejó a usted estimado lector para que lo razone y desde luego hay algo muy importante que debemos entender desde ahora. La mejor inversión que podemos hacer en nuestra vida es evitar enfermedades. Es decir, debemos cuidar nuestra salud y si es necesario invertir en ella, hay que hacerlo, desde luego no solamente es tomando buena comida o una comida adecuada, llevando una dieta balanceada, sino además dormir bien y hacer ejercicio, entre otras cosas.
Y por hoy aquí dejamos esta breve reflexión y le agradecemos profundamente la atención a estas palabras, hasta la próxima

