Analizará congreso mexiquense reformas para fortalecer búsqueda de personas
Este martes, fue presentada en la sesión de la Diputación Permanente, la iniciativa de la gobernadora Delfina Gómez Álvarez para fortalecer las instituciones encargadas de la búsqueda de personas desaparecidas o no localizadas en el Estado de México, a través de mayores capacidades de investigación y acciones inmediatas de coordinación entre niveles de gobierno e instituciones públicas y privadas.
La propuesta plantea reformar la Ley en materia de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares, la Ley Orgánica de la Administración Pública, la Ley de Seguridad y el Código Civil, todas del Estado de México, con la finalidad de fortalecer las instituciones encargadas de la búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas.
Y es que de acuerdo con datos del Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas de la Comisión Nacional de Búsqueda, hasta el 10 de diciembre de 2025, el total de personas desaparecidas, no localizadas y localizadas es de 386 mil 500, de las cuales 133 mil 562 corresponden a personas desaparecidas y no localizadas, es decir, el 34.56 por ciento del total, y 252 mil 938 fueron localizadas, lo que representa el 65.44 por ciento del total.
La finalidad de esta propuesta de reforma es dar cumplimiento al Plan de Desarrollo del Estado de México, que ordena impulsar acciones coordinadas con los diversos órdenes de gobierno para la búsqueda de personas desaparecidas, apoyando a sus familiares en materia de seguridad, atención jurídica y psicológica, así como crear de un sistema de información de personas desaparecidas, de actualización permanente y difusión en sectores prioritarios.
En lo que respecta a la emisión de la ficha técnica de búsqueda, se establece que será un documento oficial de elaboración inmediata tras recibirse una noticia, reporte o denuncia por desaparición, el cual deberá difundirse de manera masiva a través de todos los medios disponibles y notificarse al Registro Nacional de Población, con el objetivo de activar alertas en la Plataforma Única de Identidad sobre el uso de la Clave Única de Registro de Población de la persona desaparecida o no localizada.
Contempla, además, que toda autoridad y particular que por cualquier naturaleza generen, administren o resguarden datos biométricos o cualquier otro dato identificativo de personas, deberá permitir a las Fiscalías, a la Comisión Nacional, a la Comisión de Búsqueda de Personas y a las Comisiones de Búsqueda de las entidades federativas, la consulta inmediata de la información sobre personas desaparecidas contenida en sus registros, bases de datos o sistemas de información, exclusivamente para su búsqueda, localización e identificación en coordinación con la investigación.
Otra de las propuestas es que los establecimientos regulados en la Ley General de Salud, así como los residenciales de atención a las adicciones públicos o privados, centros de reinserción social, centros de asistencia social y estaciones migratorias que por sus actividades y objetivos autorizados recaben, utilicen, administren o conserven datos biométricos, tienen la obligación de contar con registros completos y actualizados y permitir su consulta.
Finalmente, la iniciativa prevé que la fiscalía especializada cuente con recursos humanos, financieros, materiales y técnicos suficientes, con un enfoque multidisciplinario y perspectiva de género, e incorpore unidades especializadas de investigación, análisis de contexto, atención y seguimiento a víctimas, búsqueda inmediata y de larga data, así como áreas especializadas en delitos cibernéticos.

