LAS PRÁCTICAS DE PERFILAMIENTO RACIAL

Views: 1520

En nuestro país, parte de la población afronta el día a día de vivir discriminación estructural: personas jóvenes, mayores, mujeres, pueblos y comunidades indígenas y afrodescendientes, personas que viven con alguna discapacidad, por razón de diversidad sexual y de género, entre otros.

Lamentablemente, la discriminación no se da solamente en la esfera individual, sino que se configura estructuralmente en todas nuestras relaciones, instituciones y procesos sociales, lo cual sucede en ocasiones debido a nuestro lugar de origen, tránsito, destino, ante lo cual el país ha realizado grandes esfuerzos por establecer una política migratoria respetuosa de los derechos humanos, tal y como lo ordena nuestra Constitución.

Sin embargo, la aplicación efectiva de la misma se ha enfrentado a enormes retos, ante lo cual se dan las prácticas de perfilamiento racial, para lo cual es indispensable que durante los procedimientos de revisión, verificación y control migratorio, la o el agente de migración deberá tratar de manera educada y respetuosa, sin usar palabras racistas, insultos o amenazas, a todas las personas, independientemente de su origen nacional, étnico, color de la piel u otras características físicas (Conapred, 2018).

En este sentido, de acuerdo a la Guía de Acción Pública respecto a la Prevención de Prácticas de Perfilamiento Racial (Conapred, 2018), hace mención de las acciones comunes a los procedimientos de revisión, verificación y control migratorio para las cuales deben incluir cierto cuidado por parte de las autoridades, prestando atención al momento de realizar la observación, entrevista y revisión de documentos.

Derivado de lo anterior, se desprende que la observación es una habilidad esencial para la detección de conductas sospechosas, sin embargo, el origen étnico o nacional, color de la piel, aspecto físico, religión, etc., de la persona no deben ser motivo para fungir como indicadores del estatus irregular de la persona, lo cual se debe relaciones con elementos psicológicos o fisiológicos, según lo establecido en el protocolo operativo de revisiones migratorias del Instituto Nacional de Migración (INM). A su vez, se deben realizar preguntas estandarizadas establecidas en los manuales y protocolos de actuación del INM de manera indistinta. Finalmente, cuando se realice la solicitud y revisión de documentos, se deberá brindar a todas las personas el mismo trato.

En virtud de lo antes mencionado, resulta importante el reconocer que la discriminación por parte de las autoridades no debe existir en el ejercicio de sus funciones, ya que el racismo, así como la discriminación racial siguen causando estragos en el mundo bajo formas siempre renovadas, así como con prácticas contrarias a los principios de los derechos humanos, repercutiendo en la vida de muchas personas causándoles cierta vulnerabilidad.