+Evangelina Lara Alcántara, Osiris Ramírez Prado y María José Bernal Ballesteros, destacan entre los aspirantes a la CODHEM; No Necesitan Recurrir a Golpes de Estado los Nuevos Autócratas
La frase:
El buen ciudadano es aquel que no puede tolerar en su patria un poder que pretenda hacerse superior a las leyes.
CICERÓN
DE EVANGELINA, OSIRIS Y MARÍA JOSÉ
Trece mujeres y 21 hombres, se registraron para ser titulares de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, entre ellos destacan:
La profesora, Licenciada en Derecho, con Maestría en Derecho Procesal Constitucional por la Universidad Panamericana, maestría en historia del pensamiento por la Universidad Panamericana y varios diplomados entre ellos uno de Alta Dirección, Evangelina Lara Alcántara, es hija del afamado profesor Camerino Lara Castillo y de la destacada profesora Evangelina Alcántara de Lara. Destaca entre los 34 personajes que se inscribieron en pos de la Dirección de Derechos Humanos del Estado de México
Tiene un extensa experiencia laboral como Subsecretaría de Educación Básica, Subdirectora General de la escuela de Bellas Artes del Estado de México, Directora General de la Previsión Social y del Servicio Nacional de Empleo del Estado de México, Presidenta del Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje y, Directora de la Escuela de Rehabilitación para Menores Infractores del Estado de México, Subdirectora de Prevención Social, Directora General de Prevención y Readaptación social y Jefa de los Cuerpos de Seguridad Auxiliares del Estado de México, entre otros cargos, en los que ha tenido una destacada actuación, en forma especial en la Dirección General de Prevención y Readaptación Social.
La doctora María José Bernal Ballesteros, quien se registró para ser titular de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, es doctora por la Universidad de Santiago de Compostela; maestra y licenciada en derecho por la UAEMéx y miembro del Sistema Nacional de Investigadores. Ha sido titular de los Derechos Humanos en el Ayuntamiento de Toluca y también colaboradora de poderedomex.com.
El doctor Osiris Ramírez Prado, tiene una amplia trayectoria que se inició como secretario Particular del entonces Rector Jorge Olvera García en la UAEMéx también lo fue en la Comisión de Derechos Humanos. Actualmente es profesor de tiempo completo en la Facultad de Derecho de la UAEMéx, integrante del Consejo Ciudadano de Seguridad Pública del Estado de México, tres veces Campeón Nacional de Oratoria y Campeón Nacional de Debate Político. Conductor del programa de radio El Club de la Palabra que se transmite por Mexiquense Radio.
La lista completa de aspirantes es la siguiente:
1. Reyes Bedolla José Alberto
2. Camacho Méndez Clara
3. Pozas Serrano Cristel Yunuen
4. Aguilar González Alma Delia
5. Juárez Velasco Carlos Enrique
6. Cruz Martínez Edgar Humberto
7. Mejía Ayala María del Rosario
8. Amador Velázquez Manuel
9. Pérez Espinoza José Humbertus
10. Ponce Rubio Jesús
11. Delgado Pérez Víctor Leopoldo
12. Cárdenas Rojas Myriam
13. Cotero Ramírez Silvia Christian
14. Martínez Peña Armando
15. Morales Guadarrama Germán
16. Bernal Ballesteros María José
17. Pasquel Fuentes Víctor Óscar
18. Nuñez Bautista Kenia
19. Hernández Vargas Laura Xóchitl
20. Benhumea Prado Synrig
21. Luna Hernández José Guadalupe
22. Reyes Fernández Luis Miguel
23. Ocampo Arroyo Óscar
24. Veloz Espejel Víctor
25. Dávila Dávila Iván
26. Ramírez Prado Yoab Osiris
27. Gómez Guerrero Osvaldo Tercero
28. Fuentes Reyes Gabriela
29. Carriedo Téllez Luis Miguel
30. Cruz Muciño Miguel Ángel
31. Ceballos Valdés Patricia
32. Lara Alcántara Evangelina
33. Mendoza Rivera Jorge Guillermo
34. Gamboa Suárez Flor Adriana
No Necesitan Recurrir a Golpes de Estado los Nuevos Autócratas
Daniel Omar Gutiérrez Ruvalcaba nos habla de autoritarismo relacionado con los gobiernos autoritarios del siglo XXl, desde su perspectiva como Maestro en Derecho Electoral por la Escuela Judicial Electoral del TEPJF. Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Aguascalientes, estudios concluidos del Doctorado en Derecho Constitucional, Penal y Amparo por la Universidad Autónoma de Durango y de la Especialidad en Derechos Humanos y Sistema Penal Acusatorio en la Universidad Panamericana.
De entrada, enfatiza que Los nuevos autócratas no necesitan dar golpes de Estado; modifican constituciones, capturan órganos judiciales, criminalizan la protesta o persiguen opositores, todo, aparentemente, dentro de un marco de legalidad, y explica:
En el escenario mundial contemporáneo, persiste el auge de gobiernos autoritarios que, paradójicamente, acceden al poder por la vía democrática. Por mencionar algunos; Hungría, Polonia, El Salvador, Nicaragua, Turquía, Rusia y, en otros matices, incluso Estados Unidos y Brasil en ciertos periodos recientes, representan una creciente tendencia hacia lo que Fareed Zakaria denominó “democracias iliberales”. Regímenes que conservan la fachada institucional de la democracia a través de elecciones, que cuentan con congresos y tribunales “independientes” pero vacían de contenido los principios fundamentales del Estado de Derecho, los derechos humanos y el pluralismo político.

Partamos de la idea de que la democracia no es solo el sufragio activo o pasivo, es también el respeto a las reglas del juego, a la separación de poderes, a los derechos individuales y colectivos, a la prensa libre y a la participación de la sociedad civil. Sin estos elementos, las elecciones se convierten en simples rituales de legitimación del poder. Es aquí donde emerge el concepto de “autoritarismo legal”, desarrollado por académicos como Tom Ginsburg y Tamir Moustafa: el uso estratégico de normas, tribunales y mecanismos formales para concentrar poder y restringir libertades.
Reitera: esta legalidad aparente es en realidad una perversión del Estado de Derecho. Cuando las leyes se vuelven herramientas de opresión y no de garantía, el sistema ha dejado de ser democrático, aunque siga conservando su nombre.
Desde la perspectiva del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, estos regímenes violan obligaciones asumidas por los Estados en tratados como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) o la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH). Siendo algunos de ellos el de la libertad de expresión (art. 13 CADH), la participación política (art. 23 CADH), la libertad de asociación y reunión (arts. 15 y 16 PIDCP) y el acceso a la justicia (art. 8 CADH), que son derechos que no pueden ser reducidos arbitrariamente, ni siquiera por decisiones legislativas o por el pretexto de una mayoría popular.
Casos como el de Nicaragua, donde se cancelan los registros de partidos políticos y se encarcela a opositores, o el de El Salvador, donde la reelección presidencial se impuso por interpretación judicial y se militarizó el sistema penal, ejemplifican estas graves regresiones. Por un lado y en cuanto a las restricciones de derechos, la Corte Interamericana ha sido enfática al respecto: los derechos políticos son el pilar esencial del sistema democrático y no pueden ser suspendidos sin causa legítima.
Por otra parte, en su Opinión Consultiva OC-28/21, la Corte reiteró que la reelección presidencial indefinida no es un derecho humano, sino una forma de erosión del principio de alternancia y pluralismo, pilares de la democracia, que, si concatenamos a lo dicho por nuestra Sala Superior, lo cierto es que la reelección compone un derecho primigenio de la ciudadanía a calificar el mandato de un servidor público y poder elegirlo de nueva cuenta por su desempeño.
Dicho esto, ¿por qué retrocedemos? Los factores son múltiples: desconfianza ciudadana, desinterés y desinformación ciudadana, corrupción institucional, desigualdad persistente y un creciente sentimiento de que las democracias no han cumplido sus promesas. Ahí es donde el populismo autoritario se alimenta del hartazgo del sistema democrático fallido, ofreciendo respuestas simples a problemas complejos. Pero esas respuestas suelen ser incompatibles con los derechos humanos.
Lo peligroso es que, en muchos casos, estas regresiones gozan de apoyo popular. Debemos tener especial cuidado, la erosión de un sistema democrático no siempre es violenta, a veces está legalizada, como dijo Eugenio Zaffaroni, la gente vota por su verdugo cuando cree que castigará al otro. Así, se justifica el punitivismo, la censura, la discriminación y el odio como expresiones de voluntad soberana. Pero el derecho internacional fue creado, precisamente, para limitar el poder, incluso el que tiene respaldo mayoritario.
Ante este panorama, el derecho no puede ser neutral. No puede ser legalista sin ser garantista. Las instituciones internacionales tienen el deber de actuar. La OEA, la ONU, la Corte Interamericana, la CPI, los relatores especiales, y los órganos nacionales deben dejar la tibieza diplomática para actuar con firmeza ante los retrocesos. Esto no implica una injerencia indebida, sino el cumplimiento de un orden jurídico internacional basado en la dignidad humana.
Resulta también indispensable fortalecer los mecanismos de rendición de cuentas, proteger a la prensa, asegurar la independencia judicial y fomentar la educación en derechos humanos no sólo a las autoridades, sino también a la población. Una democracia sin ciudadanía crítica es frágil; una sin jueces independientes, está condenada.
La historia nos ha enseñado que el derecho puede ser un instrumento de dominación, pero también de resistencia. La Alemania nazi dictó sus leyes. El apartheid sudafricano era legal. Pero ninguna de esas normas fue justa. Hoy, cuando los autoritarismos se camuflan bajo capas de legalidad, el derecho internacional de los derechos humanos puede ser nuestro último respaldo.
No basta con elecciones, ni con discursos sobre la soberanía. La verdadera democracia es aquella capaz de limitar el poder, garantizar la diversidad y proteger los pesos y contrapesos. Si el derecho no cumple con esa función, habrá perdido su razón de ser. En México, ¿cómo vamos?, cuestiona Daniel Gutiérrez Ruvalcaba y toca a todos los mexicanos responder, ¿no le parece a usted, estimado lector?


