Límites a la libertad de expresión: el caso de Mara Lezama

Views: 1454

La época en la que vivimos está marcada por los medios masivos de comunicación, particularmente en los medios y redes digitales, que son empleados en los últimos tiempos para desprestigiar; por un lado, a empresas que llegan a ser competencia de otras empresas y que en un afán de ganar mercados se atreven a crear noticias falsas (fake news);  por otro lado, como es sabido por todos, también son empleados para  desprestigiar a los políticos y servidores públicos que una vez expuestos de manera “negativa” en los medios se vuelven culpables de cualquier señalamiento.

Por supuesto que esta lógica de los medios de comunicación y de algunos espectadores, son una especie de nueva inquisición que no permite que los aludidos y desprestigiados puedan defenderse como debiera.

¿Cuál debiera ser el límite de la libertad de expresión? En un principio se espera que los periodistas actúen de manera ética y con el compromiso de acercarse, de manera honesta y seria, a la verdad. Pero ¿qué pasa cuando los medios de comunicación se convierten en un vehículo para desprestigiar a otros por motivos de intereses políticos o económicos?

Es el caso de la alcaldesa de Cancún, Mara Lezama, quien el día 17 este mes de agosto fue señalada por un medio de comunicación, el diario “Luces del Siglo”, de que ella y algunos miembros de su familia estaban siendo investigados por el delito de enriquecimiento ilícito. Además, señalaba la nota “periodística” que estaba siendo investigada particularmente por la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda Federal y la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada. Cabe aclarar que la nota no aportaba ninguna prueba de ello, cosa que rompe con el rigor periodístico apegado a la ética de tan noble profesión.

Al día siguiente de la publicación de la nota antes comentada, salió otra publicación en el diario “Novedades Quintana Roo” en la que, de viva voz, el titular de la Unidad de Inteligencia Financiera, Santiago Nieto, desmentía por completo lo señalado por el diario “Luces de Siglo” afirmando que NO existe ningún expediente abierto en contra de Mara Lezama por el delito de enriquecimiento ilícito.

Vamos a lo legal:

En una sociedad democrática, la libertad de expresión es un pilar fundamental que, entre otras cosas, funciona como una herramienta para denunciar las malas prácticas de los servidores públicos, es a la vez un derecho como una obligación. Pero ¿qué pasa cuando ese derecho es ejercido para desprestigiar a un servidor público para “desbancarlo” de su carrera política?

Los artículos 6 y 7 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos garantizan el derecho a la libertad de expresión y el acceso a la información, entre otras cosas prohíben la censuran pero también, el artículo 6 establece un límite a dicho ejercicio que señala textualmente: La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público…

O, dicho de otro modo, si el ejercicio periodístico está basado en verdades a medias o directamente en mentiras para desprestigiar, y esas mentiras violan mi integridad personal o dañan mi reputación, la ofendida tendrá derecho, en la vía civil por daño moral, a pedir una indemnización económica, además de poder ejercer su derecho de réplica.

Sé que este es uno de miles de casos que todos los días vemos en los medios de comunicación, no obstante, deberían más bien ser la excepción y no la regla. Para reflexionar.