“La rama prohibida: El Derecho Penal Fiscal”.
Cualquier ingreso tiene que pagar un impuesto, esa premisa tan sencilla puede traer una serie de consecuencias desagradables para los contribuyentes dado que es hacernos conocedores de que siempre que hagamos un negocio tendremos con ello obligaciones, así como responsabilidades. Es importante mencionar que en materia fiscal nadie esta libre de pecado, todas las personas han en algún momento encontrado al menos un billete en la calle que no reportaron a la autoridad fiscal ni pagaron el impuesto correspondiente.
Esto no implica que no tengamos responsabilidades entendiendo que, aunque (de momento) no movamos una cantidad grande de dinero, esto no implica que no estemos manchando nuestro historial, lo que podría derivar a futuro en una consecuencia tanto en el ámbito fiscal como en el penal. En este tenor, hay que imaginar lo siguiente, si una persona nos debe una cantidad pequeña de dinero mientras que otra nos debe una cantidad grande y nosotros solamente tuviéramos el dinero para hacer un solo juicio, obviamente cobraríamos a quien nos debe más dinero; pasa lo mismo con Hacienda.
En este sentido, el hecho de que la autoridad fiscal no nos haga una visita domiciliaria determinando responsabilidades e imputando delitos por una cantidad de dinero pequeña no significa que no debamos cuidar nuestras finanzas, puesto que si bien, no es redituable que la autoridad nos audite, esto no significa que la autoridad no tenga la facultad para ello. Por tanto, es importante conocer las responsabilidades que podemos tener y en su caso cuidar no incurrir en ninguna situación que nos meta en un problema.
En este tenor, las responsabilidades en materia fiscal son simultaneas a las que pueda haber en materia penal, es decir, que se te puede perseguir al mismo tiempo tanto desde el punto de vista meramente patrimonial como penal por los delitos que la ley establece, lo cual, hace que la materia penal fiscal tenga una serie de particularidades distintas a otros delitos, no obstante, esta materia es poco analizada en las universidades, puesto que no se enseña ni en la carrera de Derecho ni en la de Contaduría, y si se llega a analizar se limitan al análisis de los tipos penales (descripciones del delito que vienen en la ley) de dichos delitos, sin entender, en gran medida, como es que se pueden dar dichos hechos delictuosos.
Es la razón por la cual se le conoce como la materia prohibida, puesto que esto se aprende ya sea en especialidades y posgrados, o por la propia práctica, siendo importante mencionar que cada vez es más necesario conocer la materia puesto que de esto dependen negocios que son fuente de sustento de familias mexicanas. Por tanto, es importante entrar a su estudio, adaptando los planes de estudio de las universidades para que tanto contadores como abogados conozcan los delitos que pueden a que pueden estar sujetos, tomando en consideración lo desgastante que sería hacer frente a ambas responsabilidades. Es importante difundir el conocimiento en la materia.

