Obligaciones tributarias

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Comúnmente, las personas suelen tener cierto miedo a todo lo relacionado con el SAT y la materia fiscal, incluso los abogados consideran que es algo demasiado difícil, situación con la cual no coincido, puesto que no es que sea difícil, sino que es demasiada información, lo cual, en muchas ocasiones dificulta que la gente pueda estar en conocimiento de sus obligaciones tributarias. 

En repetidas ocasiones, escuchamos gente decir que no sabe “qué onda con el SAT”, pero pasa de ser un meme a ser una realidad, en la que la gente desconoce que debe de hacer para estar al corriente con sus obligaciones, por tanto, resulta evidente la necesidad de cultura fiscal, para que las personas conozcan como conducirse ante dicha institución. Para empezar, es importante mencionar que las constancias de situación fiscal que nos obligan a descargar (generalmente para nuestro trabajo), ya contienen en la parte de atrás una lista de las obligaciones, por lo que lo mas sencillo sería acudir con un contador para organizarse y dar cumplimiento, esto así dado que las obligaciones varían dependiendo del régimen fiscal en que nos inscribamos.  

Pero aun así, hay ciertas obligaciones que todas las personas tenemos en común, como lo es la obligación de inscribirse al registro federal de contribuyentes (RFC), obligación que ya todos tenemos a partir de los 18 años y que lo que hace es identificar a los contribuyentes para posibles obligaciones fiscales que pudieran tener; por otro lado, la obligación de estar localizables en nuestro domicilio fiscal (el lugar donde mantengamos nuestra contabilidad), teniendo únicamente 10 días para poder cambiar si nos cambiamos de domicilio. 

Posteriormente la obligación de llevar contabilidad en los términos de ley para poder hacer frente a nuestras obligaciones, así como la obligación de presentar declaraciones cuando la ley nos obligue a hacerlo. Por otro lado, una obligación más con la que contamos es la de pagar nuestras contribuciones propias, obligación que es la obligación sustantiva por excelencia en materia fiscal, es decir, la obligación de fondo, pero, por otro lado, la obligación de enterar retenciones, es decir, la obligación de pagar al fisco, las cantidades que se retienen conforme a las leyes (como es el caso del IVA, o el ISR en sueldos y salarios). 

Asimismo, existen obligaciones adjetivas como lo es la obligación de aceptar todo tipo de revisión (o mejor dicho facultad de comprobación) para poder determinar cualquier tipo de responsabilidad que pudiéramos tener por incumplir con nuestras obligaciones y en caso de no cumplir, la obligación de pagar créditos fiscales (que involucran recargos, multas y actualizaciones). 

Finalmente, la obligación más nueva, sería la de habilitar el buzón tributaria, obligación que implica estar en comunicación bajo un medio de comunicación oficial con la autoridad fiscal, mecanismo que implica poder presentar solicitudes, recibir requisitorias, cartas invitación, presentar recursos, entre otros. 

La cultura fiscal parte de conocer lo que en Derecho nos corresponde.