Outsourcing = ¿delincuencia organizada?
El día 15 de enero de 2020, el procurador fiscal de la Secretaría de
Hacienda de México anunció “formalmente” la reforma en la que se
penalizará el incorrecto empleo de la figura de la subcontratación, es
decir, lo que conocemos como “outsourcing”
Para entender esto hay que comprender primero ¿por qué existe el
régimen de subcontratación? Hay varios motivos o causas por las que
una empresa no contrata directamente a los trabajadores que emplea
para conseguir sus fines como establecimiento mercantil, por citar
algunos de ellos: no necesita un trabajador de tiempo completo o solo
lo requiere para trabajar algunos días a la semana (ejemplo de esto:
personal de limpieza); otra razón sería la alta especialización del
trabajador para prestar un servicio determinado y que las empresas de
colocación y subcontratación sí suelen tener a su disposición en una
especie de espera para ser llamados y que la empresa “outsourcing”
puede rentabilizarlos por la variedad de potenciales clientes que tiene.
Pero en la práctica, el régimen de subcontratación es empleado
normalmente por las empresas para aminorar riesgos (en caso de
separación de un trabajador) y como una estrategia de ahorro de
costos de operación, es decir, para aligerar las cargas de las
contribuciones y NO asumir las consecuencias de un despido.
La legislación laboral exhaustiva del régimen de subcontratación data
del año 2012, en el que se regula justamente las causas y motivos en
los que un empleador puede contratar trabajadores bajo este régimen,
las obligaciones de ambas partes, así como la responsabilidad
solidaria y compartida de las empresas que trabajan bajo este
esquema, tanto para la empresa que contrata el servicio de
Outsourcing como la subcontratista.
La regulación es mediamente clara, pero sobre todo si los inspectores
de trabajo y el instituto mexicano del seguro social hicieran su trabajo
cabal, profesional y exhaustivamente no habría necesidad de regular a
través del castigo penal las malas praxis de empresarios deshonestos.
Por otro lado, me preocupa que perseguir este tipo de prácticas como
si de un sistema inquisitorio se tratara, sea la regla y no la excepción
de las administraciones públicas actuales de México.
De verdad ¿tener esquemas de subcontratación laboral es un asunto
de seguridad nacional como lo afirma el procurador fiscal? ¿de verdad
para el gobierno es lo mismo, lavar dinero del narcotráfico, de la trata
de personas o del comercio ilegal de armas que subcontratar
trabajadores?
No comprendo la visión del actual gobierno de México sobre la
dimensión de los asuntos públicos como este, el de la subcontratación.
No digo que no se persigan las malas prácticas del uso de la
subcontratación laboral, lo que digo es que, esto no se puede
equiparar con asuntos que repercuten directamente en la integridad
personal de los gobernados como la violencia o la salud.
Tal parece que el gobierno actual de México intenta gobernar a través
del discurso, no de la acción, y de una demagogia de terror en lugar
de procurar que las leyes que actualmente ya existen se cumplan.
Lo he dicho en varias ocasiones en este espacio, no necesitamos más
leyes, sino las que hay se cumplan.

