Responsabilidad por hechos relacionados con animales
Los animales son componente importante de nuestra vida, pero jurídicamente reciben desde derecho romano la calidad de “res” es decir cosas, que a veces se encuentran en el comercio pero que son susceptibles de ser propiedad de una persona con todos los derechos que ello representa, siendo entonces que cuando un animal causa alguna situación que afecte a terceros, entonces existe una responsabilidad para el dueño que tiene la obligación de establecer los medios necesarios para mantener y cuidar de ese animal.
El ejemplo más común es el de un perro que muerde a una persona, en ese caso la responsabilidad será para el dueño, pero cabe analizar que pasa en el caso de que la propia persona que resulto agredida haya causado que el perro lo mordiera, en ese caso, el elemento indispensable para analizar quien tiene la responsabilidad es la previsibilidad, es decir, si una persona agrede o daña a un perro, es previsible para él que el perro lo puede morder, por lo que no es responsabilidad para el dueño del perro, sin embargo, si el dueño tiene un perro bravo y no tiene las medidas de seguridad previsibles para evitar que este perro muerda a alguien, entonces el dueño tiene toda la responsabilidad de reparar el daño.
Es importante destacar e incluso invitar a no realizar actos indebidos ni vulnerar el hábitat de los animales (sobre todo los animales silvestres o los que se encuentren en cautiverio), dado que por una irresponsabilidad previsible por parte de las personas, los animales que agreden tienen que ser sacrificados, recordemos, que es obligación de nosotros tratar a los animales con respeto y atendiendo a las necesidades para que no existan infortunios, la imprudencia puede repercutir en la vida de animales que son vitales para los seres humanos.
En este sentido aparecen casos más complejos, por ejemplo, un señor que amarra un burro junto a la carretera con un laso muy largo, lo que lleva a que el burro curse la calle y que un motociclista golpee el laso volando y cayendo, lo cual le provoco su muerte, en ese caso si hay responsabilidad para el dueño, dado que tuvo que prever que el burro podía cruzar la calle y causar un accidente.
Otro caso importante se dio en Chile, donde en un área destinada a la cacería un cazador iba persiguiendo a un venado que salta una balla de contención y choca con un vehículo, en ese caso, la responsabilidad no es para el conductor, dado que al ir en su carril y en la velocidad establecida, no podía prever que saltaría un venado; por otro lado, tampoco hay responsabilidad para el cazador, dado que no puede prever que el venado va a saltar hacia el vehículo; pero si hay responsabilidad para el dueño del espacio para cacería dado que al no delimitar con una reja el limite de la carretera si puede causar un daño a los coches que pueden pasar, por lo que para él si era previsible y por tanto tuvo que pagar tanto al conductor como al cazador.

