Utilidad de los derechos de acceso a la información pública y protección de datos en juicios y procesos jurisdiccionales.

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EN DEFENSA DEL INAI Y DE LOS DERECHOS DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. Hoy 5 de febrero, fecha conmemorativa del 107 aniversario de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que, en 1917 sentó un paradigma de una Base Fundacional con un fuerte sentido social que sentó los parámetros de una sociedad mexicana de avanzada a través de la garantía de los derechos y libertades centrados en la dignidad del ser humano y en la solidaridad y la fraternidad, como presupuestos para una Nación de calidad humana basada en la inclusión.

Sin embargo, esta fecha también ha quedado enmarcada en medio de la definición política y social ante la transformación política del movimiento autodenominado Cuarta Transformación que, como parte de la consolidación y la redefinición de la cultura político democrática en nuestro país ha puesto como un punto relevante, el cuestionamiento de la utilidad de dos derechos fundamentales: el acceso a la información pública y la protección de datos personales, así como la eficiencia y eficacia de los mecanismos institucionales para su garantía, como lo es, la permanencia del organismo constitucionalmente autónomo en la materia que, también a su vez ha sido una nota característica de la democracia contemporánea mexicana para institucionalizar procesos burocráticos que requieren ser separados de los intereses del poder público, y que, por ello, han sido protegidos a partir de instituciones técnicas independientes a cargo de la propia ciudadanía, como ha pasado con el INEGI, el INE, el Banco de México, el IFT, la COFECE, y, en este caso, el propio INAI.

El derecho de acceso a la información surgió como una derivación del derecho a la libertad de expresión y, con motivo de las diversas reformas constitucionales, se han vuelto hitos importantes el reconocimiento expreso de este derecho en 1977, así como su desarrollo en las reformas de 2007 y 2014, que han conformado el estado en el que hoy se encuentran, así como el derecho a la protección de datos personales cuyos principales hitos se dieron en 2007, 2009 y 2014; lo anterior, da cuenta de la dinámica que la información pública y personal, ha impulsado vertiginosamente en la agenda pública de las y los mexicanos, así como en la mejora de nuestra gran Nación a través del empoderamiento ciudadano a partir de la información pública y el manejo y control de su propia información.

No obstante, el poder comprender la utilidad de estos derechos no siempre es sencillo porque dependen de contextos situacionales, y, si bien estos derechos son nobles y sus beneficios y ventajas se disfrutan por la ciudadanía en México y en el mundo en el día a día, que va, desde el garantismo de una administración pública más transparente y eficiente, lo que hasta hace poco no existía ante el secretismo sobre el cuál se desarrollaba la actividad pública y el ejercicio de sus presupuestos, que hoy, prácticamente han desaparecido, pero que, en lo individual no se aprecia sino hasta que cada persona tiene necesidad de la información y se da cuenta, de que los trabajos que se han hecho hasta hoy en día, aseguran que la información que se requiere está disponible para su uso y beneficio. En ese sentido, mucho se ha comentado en el carácter instrumental de los derechos de acceso a la información y de la protección de datos personales, sin embargo, creo que es necesario empezar a colocar ejemplos de su uso día a día, por ello, en esta fecha conmemorativa de la defensa y garantía de nuestros derechos, abordaré una de tantas ventajas que tiene el derecho de acceso a la información en el ámbito jurisdiccional, en la defensa y obtención de pruebas, en favor de ciudadanas y ciudadanos.

Los juicioso o procesos jurisdiccionales, constituyen por antonomasia, los mecanismos para hacer valer el derecho en un caso determinado, para lo cual, entre los fines que se persiguen, también se asocian en función de la justicia en torno a una decisión en la cual, pretende que con base en la objetividad de la prueba, se logre individualizar una decisión que aprecie las características de los sujetos que intervienen.

Sin embargo, gran parte de los medios de prueba son susceptibles de constituir en registros públicos y ahí, es dónde en muchas ocasiones gran parte de los registros se vuelven inaccesibles, aún así, cuándo se trate de zonas urbanas, y ello a su vez, se traslada en perjuicio de la justicia y de la defensa de los derechos de las partes, cuando en virtud de la falta de pruebas, no es posible defenderse en un juicio, o, lograr acreditar una pretensión cuando se ejercita una acción, y, en ese devenir, el acceso a información en archivos públicos, generalmente se vuelve una barrera por su accesibilidad. Muestra de ellos es cuando, por ejemplo para la solicitud de alimentos con motivo de asuntos familiares, ante la desaparición de los obligados alimentarios, no se puede en muchos casos, ejercitar acción al desconocer la fuente de empleo, o, la ubicación de la persona.

Sin embargo, hoy en día, dicha barrera ha desaparecido puesto que, la información pública está disponible de manera permanente y por ello, sea porque esté publicada en internet, o, porque pueda ser solicitada, cualquier persona tiene la posibilidad de defender sus derechos con apoyo de los derechos de acceso a la información pública y de protección de datos personales, ya que, generalmente en las diversas materias jurídicas, un presupuesto para acreditar determinados medios de prueba, implica acreditar que se realizó una solicitud previamente en torno a la información que se solicita, para, en su caso, posteriormente solicitarle a la autoridad jurisdiccional o administrativa, que lo requiera a la autoridad oficiante.

Es ahí, dónde el derecho de acceso a la información pública se vuelve el catalizador para la defensa de nuestros derechos a través de una herramienta muy poderosa, bajo administración del INAI: la Plataforma Nacional de Transparencia, disponible en el vínculo: https://www.plataformadetransparencia.org.mx/, la cual constituye la puerta para cualquier información gubernamental federal, de cualquier Entidad Federativa o, inclusive de cualquier municipio en nuestro país, es decir, toda la información gubernamental en un solo punto, para lo cual, se brindan los ejemplos siguientes:

  • En lo casos de alimentos, cuando se sepa que una persona es servidor público, es decir, que trabaja en gobierno, basta con hacer una búsqueda en la plataforma para conocer dónde trabaja y cuáles son sus ingresos, ya que, los entes públicos tienen la obligación por transparencia de publicar los sueldos y salarios de sus integrantes, y, en caso de que éstos no se encuentren, se puede denunciar ante el INAI o los organismos garantes de las Entidades Federativas para su sanción.
  • En los casos de documentos públicos que obren en posesión de una autoridad, basta con crear un usuario en la plataforma, para, a través de un mecanismo muy sencillo, se indique la autoridad y la información requerida, así como el formato de entrega de la información, con lo que, se observa que cualquier información que se requiera puede obtenerse de manera certificada con lo que se puede exhibir en juicio, y, en su defecto, se puede acreditar ante el Juzgado que se requirió la información, ya sea para provocar que se requiera un informe o, inclusive estar en posibilidad de remitir la información como prueba superveniente. Como puntos característicos, se observa que las solicitudes inclusive pueden hacerse de manera anónima, y que, también en caso de que el ente que tiene la información, no la entregue correcta o no la entregue, el INAI a través del recurso de revisión estudia el caso, y, en su caso ordena la entrega de la información.
  • En el caso de asuntos, como por ejemplo podrían ser los penales o familiares, que tienen que ver con actos personalísimos, se observa que a través de la propia plataforma pueden ejercerse los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación, Oposición y Portabilidad (ARCOP), con lo cual, una persona evita quedar en estado de indefensión cuándo solamente cuenta con un plazo mínimo para acreditar información que le concierne, lo que se denominan como datos personales, y a partir de ahí, pueden pedirse constancias laborales, acceso a expedientes clínicos, registros de asistencia y desempeño, entre otros, que pueden ayudar en casos de defensa, o como se dijo, para el ejercicio de acciones.

Para que dicha información esté disponible y también para que todo el servicio público haya conformado esa infraestructura, se requirió mucha coordinación y muchos años, bajo el liderazgo del INAI y los organismos garantes de las entidades federativas, que han dado varios frutos en beneficio de la ciudadanía que hoy, están empoderados y habilitados para el ejercicio y defensa de sus derechos de manera justa; por tanto ahora, nos toca a mexicanas y mexicanos apropiarnos de nuestros derechos y ejercerlos. Hasta la próxima.