Caso Fernández Ortega vs México

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En ocasiones anteriores, he comentado en la presente columna respecto de la importancia de la lectura de las sentencias de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos contra México, por la trascendencia social y jurídica que tienen y porque son una radiografía de la situación de los derechos humanos en el país, que muchas veces, dependiendo del lugar en el que nos encontramos, pasa por desapercibida la realidad de la violencia ejercida por autoridades mexicanas en contra de grupos vulnerables.

Siendo así, dichas sentencias dejan de relieve que los grupos más afectados son las mujeres (sobre todo indígenas), los demás pueblos y comunidades, así como las víctimas de tortura y desaparición forzada de personas. En este entendido, haciendo una pequeña critica social, es muy sencillo ser poco empático desde la comodidad del Estado de México, donde a pesar de haber problemas, no se comparan con lo que se vive en estados como Guerrero, Oaxaca, Sinaloa, etc.

No obstante, dejo al lector la siguiente reflexión, aceptar una violación a derechos humanos en otra parte del mundo (sin importar si es en México o en el extranjero), es como aceptarla aquí mismo. En este entendido, dichas violaciones a derechos humanos, escapan de la agenda política, por lo que otra reflexión valida es si realmente nos preocupamos por los verdaderos problemas que hay en México, dado que, al conocer el horror de los casos comentados por la Corte, se resta importancia a discusiones de agenda como el lenguaje inclusivo.

Con esto la intención no es discriminar a nadie, sino al contrario, el caso Fernández Ortega vs México, fue un caso en el cual a grandes rasgos, un camión de militares se presentó en una vivienda indígena en Guerrero, bajándose tres soldados, uno viola a una mujer indígena frente a sus hijos, mientras que los otros dos soldados se limitaron a observar (consecuentemente se dieron casos de torturas en contra de familiares de la persona), en este sentido, el panorama que presenta la corte es desolador, dado que al analizar el caso queda evidente una cosa, la premeditación, dado que al ser tres y limitarse a mirar dos de ellos, denota que existe complicidad anterior o incluso una orden.

En este sentido, la Corte vislumbra que las autoridades mexicanas utilizaron la violencia sexual, como una forma de sometimiento de las comunidades indígenas, lo que resulta gravísimo para todos y cada uno de los ciudadanos mexicanos. Aquí sugiero al lector sopesar y empatizar en que estos son los problemas reales en materia de derechos humanos a los que hay que hacer frente, dado que desgraciadamente, tuve oportunidad de leer un caso sumamente similar, el caso Rosendo Cantú vs México, por lo que la situación es sumamente grave, en este entendido, es importante mirar al verdadero problema y dejar de discutir cosas poco relevantes para la sociedad mexicana, el conocimiento del problema, dará la pauta para solucionar los verdaderos problemas de la patria.