Derecho Penal del Enemigo vs. Garantismo Penal
Gunther Jackobs se hizo famoso en el ámbito jurídico por su teoría del Derecho Penal del Enemigo en la cual, establece la existencia de dos derechos penales, el aplicable para los ciudadanos y el aplicable para los enemigos del Estado, es decir, que como los grupos criminales o mafias se han profesionalizado y estructurado tanto que ponen en peligro al propio Estado, este debe endurecer el derecho penal para contrarrestar a dichos grupos, lo cual, hace el Estado Mexicanos a través de la Ley General contra la Delincuencia Organizada.
Para que un delito se considere delincuencia organizada se requieren de tres requisitos indispensables, siendo el primero que se trate de un delito que se encuentre estipulado dentro del listado que da el artículo 2 de la Ley General contra la Delincuencia Organizada que establece algunos de los peores delitos perseguidos por nuestro sistema jurídico como el terrorismo, trafico de órganos, delitos contra la salud en su modalidad de narcotráfico, secuestro, operaciones con recursos de procedencia ilícita, financiamiento al terrorismo, entre otros.
El segundo requisito es que sea realizado por tres o más personas, es decir que sea un delito realizado por un grupo de personas, y el último de los tres requisitos es que se trate de una conducta continuada o permanente, en el sentido de que debe tratarse de un grupo de personas que se dediquen a delinquir de una manera cotidiana o como un negocio.
Si se colman estos tres requisitos, se tratará de delincuencia organizada con lo que se establecerán medidas un tanto más rígidas que las establecidas para cualquier persona en protección de sus derechos humanos como arraigos, cateos, intervención de comunicaciones, incomunicación con personas ajenas, protección de testigos y victimas, así como de la figura novedosa del agente encubierto, medidas con las cuales se busca combatir directamente al crimen organizado para mantener la estabilidad del Estado mismo.
En este entendido, resulta contradictorio para con un sistema que se enfoca en resaltar a los derechos humanos como eje principal de la estructura democrática e institucional de nuestra sociedad, es decir, el Garantismo Penal, teoría sustentada principalmente por Luigi Ferrijoli, quien sustenta que la protección de los derechos humanos es la base del sistema penal, debiendo este enfocarse en un derecho penal minimo y respetuoso de ciertas premisas que legitiman el actuar del Estado y que indirectamente llevan a una sociedad mejor.
En este entendido, el sistema de justicia en México se adapta cada vez más al Garantismo pero a la vez es cada vez más rígido contra los grupos delincuenciales, por lo que en muchas ocasiones pareciera que, incluso en el ámbito constitucional, existen ciertas contradicciones entre estas dos posturas que se encuentran presentes, por lo que, la política criminal en México debería adaptarse a la realidad y entorno del sistema de justicia, así como a las necesidades de la población.