Desinfectante digital
Así como las bombillas en la vía pública son el mejor policía, la luz del sol es el mejor desinfectante, reflexión atribuida al jurista estadounidense Louis Brandeis, que a su vez ha sido emulada para la transparencia como el mejor desinfectante para la vida pública, por lo que resulta bastante curioso pensar que sea el mismo jurisconsulto, quien conjuntamente con Samuel Warren, escribió el artículo del Derecho a la Privacidad, con lo cual, inconscientemente, generaron una escuela de pensamiento que en la actualidad se encuentra forjando nuestro nuevo entorno, fuertemente impulsado por la digitalización y la transformación digital.
Curioso podría parecer en un primer atisbo cualquier intento por ponderar la publicidad en torno a la actuación social y la rendición de cuentas, con la protección de los aspectos más íntimos de los individuos y sus creencias, así como buscar un punto de equilibrio entre ambos. Y es que, mientras ambos derechos logran encontrar aproximaciones en torno a los derechos de las personas en cuanto al ámbito psicosocial, las perspectivas difieren desde la perspectiva interior o exterior del individuo, encontrando vínculos cercanos con el desarrollo del derecho a la libre personalidad y su contenido, al punto que la reflexión introductoria del artículo emblemático de la privacidad define con claridad majestuosa que el derecho ha evolucionado a fin de facilitar el derecho a la realización de las personas y que logren como finalidad ser felices.
Sin embargo, dicha realización de felicidad tiene dos perspectivas, marcadas desde el ámbito de lo externo, en el que la transparencia se vuelve la regla de oro de las democracias modernas, en cuanto a todos aquellos habilitadores de lo público bajo un principio rector como lo es el accountability, que se vuelve el acto y potencia de la rendición de cuentas en sentido amplio de una responsabilidad pública, y por ende, entre más público y más transparente sea un actuar social con independencia del ámbito en el que se desarrolle, más eficaz será puesto que permitirá que todas las personas involucradas en dicha situación logren tomar conocimiento y causa de dichas circunstancias y a partir de ahí velen por el desarrollo de las comunidades y las naciones.
Pero a su vez, la privacidad se vuelve el protector del ámbito de lo doméstico y de lo personal, labor en la cual cada una de las personas que contribuyen en una comunidad aportan su propio talante el cual debe ser protegido para la defensa de su propia individualidad y su personalidad, como aquel derecho que protege las libertades más preciadas que hace al humano ser humano y cuya transgresión ha generado las peores atrocidades de las que se tenga recuerdo, a través del derecho a la privacidad se tutela no sólo el derecho a ser feliz, sino el derecho a aprender y contar con las herramientas para ser feliz, así como a rectificar y ajustar sus actuaciones en función de su desempeño social.
Es por ello, que cuando vemos el legado de dichos juristas podemos advertir no la contradicción, sino la visión avanzada de advertir que la sociedad a través de la técnica continuaría evolucionando y superando las barreras físicas y políticas y lograr una mayor integración como especie, al punto que la transparencia y la privacidad conviven en ámbitos digitales a fin de lograr una mejor convivencia y un mejor desarrollo de las personas a través del conocimiento, que es la semilla de cualquier tipo de desarrollo que a su vez, construye la dignidad humana.
Así, la transparencia en medios físicos y digitales seguirá siendo el mejor desinfectante que ayudará a reconducir cualquier conducta social, en el entendido que desde una función orgánica también es susceptible de descomponerse y recuperarse, por lo cual, si la vemos como instrumento de lo social, dicho desinfectante podrá recomponer cualquier oprobio, y en el ámbito político, construirá mejores naciones. Hasta la próxima.
