DE LA AUTONOMÍA DESDE SU SIGNIFICADO HASTA SU VALOR JURÍDICO, OPINA JOSÉ GARCÍA CISNEROS
Con destacada trayectoria jurídica, el maestro José Bernardo García Cisneros, opina acerca de la reforma a la Ley de UAEM.
¿Qué significa para empezar, porque todo el mundo habla de ella, pero no saben, qué es Autonomía?
Para que entendamos muy bien lo que es la Autonomía, en la Universidad o de la Universidad o de la que goza la Universidad, es preciso saber de dónde viene la Autonomía, qué abarcaba en la antigüedad, cómo ha evolucionado este término hasta nuestros días.
Hoy, la teoría constitucional de la autonomía qué significa, creo que eso es importante.
Primero, te diré que la Autonomía es muy antigua, viene de los griegos y de los romanos; los griegos la llamaban autonomoi y los romanos antonomi son términos griegos que después te voy a decir cuáles son.
El gobierno de la cultura helénica en Grecia, recuerdas su organización política que era de Ciudades-Estado, en aquellos tiempos la Autonomía se entendía a los Estados-Ciudades independientes que eran regidos por sus propias leyes, sin tener nada que ver las normas extranjeras, así se regía en Grecia.
Los romanos también se llevaron un poco el concepto de los griegos, tú recordarás, por ejemplo, el emperador Julio César fue de los grandes emperadores romanos que, obviamente generaron una ampliación enorme de los territorios dominados por Roma.
En los inicios de esas conquistas, Julio César les dejaba autonomía, aquellas ciudades, aquellos pueblos que iban conquistando y celebraba tratados de alianza, en donde respetaba sus normas, sus gobiernos, sus autoridades, respetaba sus costumbres, así inició el Imperio Romano.
Después, evolucionó completamente, porque se hizo un imperio en donde la Autoridad máxima era del emperador se volvieron autoritarios obviamente, como pretende un presidente hoy en día, en nuestro país, pero obviamente ya desaparecieron y entonces sí se impuso la normatividad romana y demás.
Te doy otro ejemplo, estamos pasando la Semana Santa, los israelitas, los judíos en esa época eran dominados por Roma, pero conservaban sus normas, autoridades, costumbres y religión, después se acabó eso.
Ahí hay una evolución de la palabra Autonomía, inicia con el griego.
Grecia, te doy otro ejemplo para que se entienda bien, Estados-Ciudades, Esparta y Atenas, todos sabemos o los que hemos estudiado un poco de historia sobre esto y Derecho, las Ciudades-Estados, era una gran Ciudad estado libre, Autónoma, con sus normas, autoridades, etcétera, Esparta.
Y Atenas era otra, que formaban parte de la península griega, solamente se unían, respetaban todo eso, pero estaban peleando entre ellos para ver quién era más poderoso, pero cuando vino la invasión de Persia, se unió Atenas y Esparta contra los persas y solamente así pudieron resolverlo, la Guerra de Maratón.
Es un ejemplo clásico de dos Ciudades-Estados autónomas, que se unieron para defensa de sus propios intereses, pero nadie más, y va evolucionando.
Es la Autonomía en su origen, qué significa. Deviene del griego, de las raíces griegas, autos-sí mismo y nomos-ley. Autonomía es la facultad de darse leyes a sí mismo, esa es Autonomía.
Este concepto histórico tradicional ha evolucionado en nuestro tiempo, de ahí viene la Autonomía para que entendamos bien, todo aquello que debe ser básicamente dictado, ordenado, leyes, gobierno por la propia entidad para su evolución y cumplimiento de sus fines.
Este concepto ha venido evolucionando enormemente, pero de ahí viene, entonces cuando surge nuestro Estado Mexicano en la Constitución de 17, tenemos lo que tú y yo estudiamos en Derecho Constitucional y Derecho Administrativo, son las dos materias fundamentales que tocan este tema de la Autonomía.
Recordarás que hay dos formas de organización administrativa en nuestro país, la Centralización y la Descentralización.
La Centralización es aquella forma de organización administrativa en la que básicamente todas las facultades para el ejercicio del poder se concentran en una sola entidad, en el órgano central.
La Descentralización administrativa, es la que el Estado por no poder abarcar todas sus funciones, sus servicios para beneficio de la colectividad, resuelve entregar a un ente, parte de esas atribuciones que tiene el Estado, para que éste con Autonomía, pueda cumplir con esa función del Estado.
Ejemplo, la UNAM, Seguro Social, ISSSTE, en nuestra entidad ISSEMyM y hoy en día, como parte de un poco de la Descentralización están los famosos órganos autónomos, hoy tan, tan, pero tan famosos últimamente en la Teoría Administrativa y Constitucional Mexicana, que han dado muchos éxitos y otros no mucho.
Como está la Comisión de Derechos Humanos, mi adorado y querido Instituto Electoral del Estado de México que hoy es más bien INE, pero es eso.
En México tenemos también una forma de descentralización importantísima, que es el Municipio, es Descentralización por Región y tenemos Descentralización por Servicio, aquí entra la Universidad, el servicio público de la educación superior en México, de la investigación, ése se encarga a las Universidades.
Este concepto que ha sido históricamente peleado por todos los que somos universitarios, celosos de que se respete siempre la Universidad, también tenemos que encontrar y saber hasta dónde abarca esa Autonomía y hasta dónde esa Autonomía Universitaria no trastoca el orden jurídico del órgano central, del todo de donde depende.
La Universidad no es una extraterritorialidad, pertenece a un Estado que es el Estado Mexicano en el caso de la Universidad Nacional; y en el Estado de México, a esta entidad, Autónoma también dentro del Régimen Federal.
Este concepto se ha venido peleando por los universitarios y las universidades históricamente en nuestro país. Los primeros esbozos de autonomía que existieron en México, fueron en Michoacán, la Universidad Nicolaita, por allá de 1917; el decreto 2 de 5 de febrero de 1917, creó una ley, un decreto para la Universidad de Michoacán, donde se generaban los primeros esbozos de autonomía.
Otro ejemplo es San Luis Potosí, su decreto 106, de 1923 de la Legislatura de allá, le daba autonomía a la Universidad de San Luis.
Son las dos primeras universidades en el país que ganaron esto, no se cumplieron a cabalidad, porque todo lo que empieza implica obviamente reacciones contrarias de los gobiernos, de los grupos, de los intereses políticos, no se cumplieron a cabalidad, pero desde entonces hay esbozos de la Autonomía Universitaria a nivel nacional.
La Universidad Nacional hoy está cumpliendo 90 años de Autonomía, fue en 1929 en el gobierno de Emilio Portes Gil, cuando se le arranca la Autonomía al estado central y se le otorga a la Universidad esa facultad de autogobernarse, dirigirse, de manejar su presupuesto, la elección de sus autoridades, sin intromisión alguna de los gobiernos, 1929.
La nuestra, nuestra querida Alma Mater, 1943, 44, con el gobierno de Isidro Fabela, le arrancaron contra la voluntad del Ejecutivo esto.
Esa lucha de los universitarios de aquel entonces, tenemos que recordar a todos los que hoy somos universitarios y respetarla, por eso en aquella época se fueron a la cárcel, por pelear la Autonomía en la Universidad nuestra, uno de ellos, el ilustre maestro emérito de la Universidad, José Yurrieta Valdés.
Siendo líder estudiantil en esa época, Carlos Mercado, los dos encaminaron esta lucha para tener la Autonomía y se fueron a la cárcel por eso, es un homenaje que tenemos que hacerle a esa gente.
Entonces Isidro Fabela no fue tan bueno como nos lo pintan. Cuando llega a gobernador, llega por un periodo corto para generar elecciones y se queda, primer error.
Segundo error, desaparece la Cámara de Diputados, argumentando que era un grupo de pistoleros y tercero, esto de la Autonomía Universitaria.
¿Sabes por qué?, les hizo pedir licencia, porque no querían que él fuera. En esa época el gomismo, generaba mucha fuerza en el Estado, era el grupo político poderoso, no querían que fuera Isidro Fabela.
Entonces les hicieron pedir permiso a los diputados y manejaron a los suplentes, ya con la idea fundamental de que se iba a elegir don Isidro, que fue estupendo gobernador en aquellos años, es a partir de entonces, como hoy tenemos el Estado de México institucionalizado.
Pero como todos los gobernantes, con errores, defectos y virtudes.
Históricamente los errores, no se habla de ellos.
Es que por eso te lo estoy diciendo, ahí le arrancaron la Autonomía Universitaria y sí hubo la repercusión para estos jóvenes de aquel entonces, maestros nuestros y maestros eméritos ahora de la Universidad, les guardo un gran respeto como universitario, como gente sabia de aquellos años y que nos tocaron como maestros.
Mis respetos para esta gente que logró la Autonomía de la Universidad en esa época.
Qué es la Autonomía hoy en día, la Constitución, otro antecedente interesante de la autonomía; en 1929 decimos que se tiene la Autonomía, se emite la ley de la Universidad, la Ley Orgánica, es Autonomía desde entonces.
Se tardó de 1929 a 1980 para que se le diera rango constitucional a la Autonomía Universitaria, esto demuestra también que la lucha por ejercerla, que la lucha para mantenerla ha sido enorme siempre.
Quiero recordar a nuestra generación la del 68-69, todavía no existía la Autonomía en 68 a nivel constitucional, solamente lo teníamos a nivel de la Ley Orgánica.
Movimiento del 68 fue enorme para la libertad, fue defensa de la Autonomía, la intromisión del gobierno en las instalaciones universitarias, oponiéndose al movimiento, queriendo desvirtuarlo, todo lo que sabemos del movimiento que es otro capítulo importante, pero también la Universidad Nacional y me parece que todas las universidades del país en esa época, se hicieron una para defender la Autonomía de la Universidad.
Es hasta 1980 cuando se eleva a nivel constitucional, se modifica el Artículo tercero de la Constitución y se adiciona una fracción que es la séptima.
También en el año de 2003, se reformó más para complementar esto, de ahí es donde viene elevado a rango constitucional la Autonomía Universitaria, específicamente.
A partir de entonces hubo un gran movimiento en la época de De la Madrid, un gran movimiento de los trabajadores administrativos de la Universidad para que se regulara la relación laboral, porque hasta entonces era una ambigüedad brutal los derechos de los trabajadores universitaria, no había una regulación conforme a derecho de lo que representaba esto, para defender los despidos, sus salarios, sus bases.
Qué sucedió entonces, en aquel gran movimiento, se modifica el artículo 123 de la Constitución y entonces ya se norma la relación trabajador con Universidad, patrón con trabajador, académicos también, a través de la Ley Federal del Trabajo, el apartado A y se hacen competentes entonces, los tribunales laborales, las Juntas de Conciliación y Arbitraje son las que conocen, antes que desaparezcan, que es otro tema.
Ahí está todo esto que ha generado la Autonomía, pero qué es la autonomía Constitucional? El Artículo Tercero en su fracción séptima, establece claramente lo que es la Autonomía Universitaria, pero en qué consiste.
Es la facultad que poseen las Universidades para autogobernarse, darse sus propias normas dentro del marco de la Ley que las crea, aquí un comentario.
El Estado Central, estamos hablando de una descentralización por servicio, que la Educación Superior, la Investigación, etcétera no lo puede hacer el gobierno central, entonces se lo deja a las universidades, pero conserva el Estado Central la facultad de crearle su Ley Orgánica donde se consigna su Autonomía, porque es otro tema importante.
Conserva eso, es decir la Facultad del Poder Legislativo para crear su ley. Entonces el Poder Legislativo, el órgano central hace su ley orgánica y luego para autogobernarse las universidades, pueden crear todas las disposiciones que consideren adecuadas para alcanzar los fines de la Universidad, dentro de sus propios órganos legislativos internos, en este caso son los Consejos Universitarios.
Entonces decíamos que es la facultad para autogobernarse, darse sus propias normas dentro del marco de su Ley Orgánica y designar a sus autoridades para determinar sus planes y programas dentro de los principios de libertad de cátedra, e investigación y para administrar libremente su patrimonio, es la Autonomía Constitucional.
La Autonomía Constitucional, así entendida, derivada del Artículo Tercero Constitucional solamente es aplicable a las universidades públicas, no privadas.
Con anterioridad la Universidad de Guadalajara y la Universidad de Veracruz no eran autónomas, empezaron siendo no autónomas, porque su Ley Orgánica no decía, Organismo Público Descentralizado por servicio, etcétera con plena autonomía y más, no decía eso y no eran autónomas.
Entonces, requisito fundamental, que la Ley que crea una Universidad en México, señale en sus normas, en su Ley Orgánica creada por el órgano central que es el Poder Legislativo si no lo dice, no es autónoma, esto es importante para efectos de Autonomía.
Cuántos conceptos van caminando y tantos matices y vertientes y aristas tiene la autonomía universitaria.
El Artículo Tercero de la Constitución señala concretamente los fines que debe alcanzar las universidades y son educar, investigar y difundir la cultura, son los tres fines fundamentales que abarca la Autonomía, nadie en este país, en este estado puede decirle a la Universidad que no haga esto o que está violando la ley, no, está para eso la Universidad y eso es autonomía.
Estos fines qué deben alcanzar, deben realizarse conforme a los principios establecidos en el propio Artículo Tercero en forma democrática, recalco esto, porque las iniciativas manejan parte de esto, forma democrática nacional, con conciencia social, es decir, conciencia social significa que vaya en beneficio de toda la colectividad, que genere aspectos positivos, la educación, la investigación, la sociedad en general, fomentando el amor a la patria y la conciencia de la solidaridad.
Textualmente lo señala así el Artículo Tercero de la Constitución, la solidaridad internacional de la independencia y la justicia, a eso debe tender la educación, investigación y difusión de la cultura para alcanzar estos fines, todo esto se llama autonomía constitucional.
Derivado de esto, la norma constitucional federal es la norma superior, aunque ahora quieran memorándums arriba de la Constitución, no, esto no es posible.
Cuáles son las características de la Autonomía Universitaria, tres y no más, pero dentro de éstas, es amplio el marco que se le da a la Autonomía Universitaria.
Primero, el académico, la característica académica, en qué consiste esto, implica que los fines que ya señalamos cuáles son, los realiza de acuerdo a la libertad de cátedra e investigación.
El libre examen y discusión de las ideas, la determinación de sus planes y programas y la fijación de condiciones y términos de ingreso, permanencia, promoción del personal académico, eso abarca toda la característica de la Autonomía en la Universidad de académica.
Segunda característica importante, de gobierno. Hay que ver bien sta de gobierno, aquí es donde me parece que está la crítica fundamental a una de las iniciativas.
De gobierno, que implica nombramiento de sus autoridades y otorgamiento de sus normas, con base en su Ley Orgánica emitida por el órgano central, pero todo lo demás, normas, reglamentos, el estatuto universitario son facultad del Consejo Universitario.
Aquí hay una semejanza con los estados, miembros del pacto federal, es importante para entender esto. Nuestro régimen federal está constituido por Estados Libres, etcétera en su régimen interior y el municipio libre, es una forma de descentralización, les da la propia Constitución, autonomía por el pacto federal, para que los propios estados tengan su Constitución, leyes, legislen sin violar el Pacto federal cumpliendo con la Constitución.
La Universidad igual. Le crea el órgano legislativo estatal su propio Ley Orgánica y ya creado el Consejo Universitario, el rector, etcétera, ellos crean sus propios normatividades sin violar la Ley Orgánica que es la que los crea directamente, eso es autogobierno. (Continúa mañana).

