Fraudes académicos

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En el papel, los espacios de formación debieran ser lugares en los que la ética y la honestidad toman un papel protagónico; sin embargo, incluso en ellos, encontramos personas cuya necesidad de trascender o ser más reconocidos acaban realizando acciones que bien pueden ser referidos como fraudes académicos.

 

Muchas son las vertientes de estas conductas, entre ellas, la utilización de trabajos previamente elaborados por otros investigadores, sin una referencia puntual y omitiendo los créditos correspondientes. El plagio, como comúnmente lo conocemos, radica en el acto de intención deliberada de engañar a un lector a través de la apropiación y representación como propias de las palabras y trabajos de otros.

 

Esto ha querido ser atacado desde las escuelas de formación básica, hoy día encontramos muchas herramientas que son capaces de determinar qué porcentaje de un texto ha sido copiado, tal cual, de otras fuentes.

 

En algunas instituciones de Educación Superior, se genera un problema similar, la simulación, consistente es trabajar un mismo tema, una y otra vez, dándole la vuelta con la intención de simular que se trata de otra cosa. Esto también representa un acto de deshonestidad.

 

Es claro que el conocimiento está para socializarse, pero si hemos de tomar información de algún colega, de cualquier parte del mundo, pues nada nos quita darle su crédito, ¿o no?

 

Una tercera vertiente radica en la utilización de grados que no poseemos; en muchos espacios gubernamentales, todos son licenciados sin haber cursado algún programa de estudios que los avalen; en otros casos, quienes tienen el atrevimiento de llamarse maestros o doctores, sin haber concluido con el proceso completo para la presentación en público de dicho grado.

 

Quienes incurren en esas conductas, violentan dos códigos; por una parte el ético, en tanto se puede hablar de deshonestidad y mentira, y por la otra el jurídico, en tanto se está cometiendo el delito de usurpación de profesiones, que puede conllevar a una sanción económica y una pena de privación de la libertad de hasta seis años.

 

Adicionalmente, en nuestro país, es la cédula profesional la que actúa como patente del conocimiento adquirido, es decir, se puede contar con el título, pero si no hay cédula profesional que lo ampare, tampoco podemos ostentar el grado. Hacerlo significa de la misma manera violentar la ley.

 

Esto es tan claro que, muchas universidades no pueden hacer el pago correspondiente de los honorarios por grado, hasta en tanto no se les entregue la cédula profesional correspondiente, a pesar de tener el título.

 

En este supuesto hay muchísimas personas, por ejemplo, ¿Sabía usted que hay rectores de universidades reconocidas que se han ostentado como doctores durante lustros, firmando documentos y títulos como tal, pero cédulas profesionales expedidas hace uno o dos años? ¿Cuál es la legalidad de todos esos documentos que firmaron durante ese tiempo?, ¿no merecerían una sanción penal?

 

Si usted sospecha que alguien presume de ser lo que no es, existe una página web: https://www.cedulaprofesional.sep.gob.mx/cedula/indexAvanzada.action, en la que con sólo ingresar el nombre de la persona, usted puede verificar si efectivamente hay una cédula profesional que le respalda. Acabemos con la mentira académica.

 

Simplemente ser congruentes y honestos, ¿o no?

 

horroreseducativos@hotmail.com