Malpraxis jurídica

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Es derecho de todas las personas el poder acceder a una defensa jurídica adecuada a cualquier tipo de proceso o procedimiento al que este siendo sujeta, por lo que, las personas pueden acudir a profesionistas capacitados para atender sus problemas, dado que esa es la visión de un abogado, que viene del latín ad-vocatus, quien se aboca, es decir, quien ayuda a solucionar los problemas de las personas, siendo entonces contrario al ideario colectivo en el cual los abogados son vistos como personas que viven de los problemas. 

En este orden de ideos, la tarea del abogado debe estar sujeta a limites éticos, así como a un actuar enfocado al cumplimiento de la normatividad, para lo cual, los abogados contamos con instrumentos como el decálogo del abogado, de Eduardo J. Couture, que implica una deontología dentro de la practica jurídica, por lo tanto, no escapa a la razón que al estar sujetos a cierta normatividad, los abogados podamos caer en temas de malpraxis, incluso, cuestión que ha sido sustentada por el Poder Judicial, que ha sustentado jurisprudencia que implica la posibilidad del pago de daños y perjuicios de los abogados hacia sus clientes en casos de malpraxis. 

Sin embargo, no queda claro que podemos entender por malpraxis jurídica, siendo quizás cuestiones muy visibles como temas relacionados con la corrupción, abstenerse de llevar una defensa, pero cuestiones más difusas como una defensa inadecuada, lo cual sería sumamente difícil de probar, dado que, el abogado únicamente aporta su conocimiento y razón en favor de la solución del problema del cliente, por lo que, el simple hecho de no llevar la defensa como lo harían otros abogados, no podría considerarse malpraxis como tal. 

Llevándolo al plano de la argumentación jurídica, habría que analizarse que pasa si el razonamiento de un abogado no fue el correcto, y en caso de no serlo (obviamente por criterios lógicos), como podemos estar seguros que se trata de una impericia por parte del abogado y no simplemente de otros factores en el proceso de comunicación como las falacias, falta de atención, etc. 

Es por tanto, que la malpraxis tendría que atenerse a criterios éticos más que en cuanto a los errores en el razonamiento del abogado por la dificultad de determinar si no fue el correcto y en dado caso, que intención tenía el abogado al generar dicho razonamiento, lo cual ojalá pudiera hacerse sobre un marco claro que permita delimitarlo, por lo tanto, la malpraxis si debe entenderse como una falta de ética por parte del abogado en casos de corrupción, indiscreción por parte del abogado, no ejercer el cargo como defensor (sugiero tendría que haber un contrato de prestación de servicios profesionales para eso), o incluso el no ejercitar los medios legales a su disposición como apelaciones, amparos, recursos, incluso no presentar pruebas o desistirse de las mismas en agravio de la persona, y todo eso debería darse desde presupuestos legales que permitan delimitar cuando se da esta malpraxis.